EL POSTULANTE QUE POSEA UN PORCENTAJE DE UN INMUEBLE NO PODRÁ ACCEDER A UNA VIVIENDA DEL IPV

Se hace necesario modificar el sistema para optimizar el acceso a la vivienda a los grupos familiares con mayores necesidades.

En el último año, el Instituto Provincial de Vivienda entregó más de 2400 unidades habitacionales, resultado del fuerte trabajo que realiza la provincia para reducir el déficit habitacional que es una demanda creciente; por ello se hace necesario modificar el sistema para optimizar el acceso a la vivienda a los grupos familiares con mayores necesidades.

El 20 de diciembre último se puso en vigencia la resolución Nº 675, donde se establece que si en el término de 3 años no se realiza algún tipo de actualización en la ficha social, se le dará de baja. A dicha medida se agrega la modificación parcial del artículo 1º, en el punto 8 de la Resolución Reglamentaria IPV Nº 031, estableciendo que “ninguno de los integrantes del grupo familiar deberá ser titular registral de bienes inmuebles en todo el territorio de la Nación ya sea como único titular ni como condómino. Se considerarán igualmente inhibidos los usufructuarios de bienes inmuebles”.

Anteriormente el postulante que tenía un porcentaje de un inmueble, que no superara el 20% del valor de una vivienda FONAVI, podía inscribirse en el organismo. A partir de esta reforma no lo puede hacer y el grupo familiar no podrá actualizar su ficha mientras tenga el beneficio de la propiedad.

Motiva dicha modificación la creciente demanda de viviendas, que torna imprescindible adoptar medidas tendientes a asegurar que los planes que se lleven a cabo sean destinados a quienes verifiquen una real necesidad de acceso a una casa.